Tengo una residencia comunitaria y me he divorciado ¿Qué pasa con mi residencia? ¿La pierdo?

CASO DE EXITO CONCESION ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN
CASO DE ÉXITO: CONCESIÓN DE ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN
15 noviembre, 2022
Modelo normalizado de solicitud de dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes
Modelo de solicitud de dispensa de las pruebas CCSE y DELE del Instituto Cervantes
1 diciembre, 2022
Show all

Tengo una residencia comunitaria y me he divorciado ¿Qué pasa con mi residencia? ¿La pierdo?

Tengo una residencia comunitaria y me he divorciado

Tengo una residencia comunitaria y me he divorciado ¿Qué pasa con mi residencia? ¿La pierdo? Esta pregunta nos la hacen constantemente muchos clientes que tienen una residencia de familiar comunitario y están en trámites de divorcio o se han divorciado, están o van a iniciar un proceso de nulidad matrimonial o bien cancelar su inscripción como pareja de hecho. Por ello, en este artículo venimos a daros luz a esa pregunta e intentar explicar de forma clara que pasa cuando te divorcias y tienes una residencia de familiar comunitario.

En este artículo tratamos el caso del divorcio, nulidad del vínculo matrimonial o cancelación de la inscripción como pareja registrada del familiar comunitario, y los requisitos para poder mantener la residencia legal en España, así como la obligación de comunicarlo y en que plazo.

REGULACIÓN LEGAL: RESIDENCIA DE FAMILIAR COMUNITARIO TRAS DIVORCIO, NULIDAD MATRIMONIAL O CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN COMO PAREJA DE HECHO

RESIDENCIA DE FAMILIAR COMUNITARIO El artículo 9 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo regula esta situación y fija los requisitos y plazos para poder mantener la residencia legar en España tras el divorcio, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso en juzgado o notarial.

Dicho artículo no sólo habla del divorcio sino que regula aquellos casos en que exista un fallecimiento, salida de España, nulidad del vínculo matrimonial, divorcio, separación legal o cancelación de la inscripción como pareja registrada, en relación con el titular del derecho de residencia.

En este artículo tratamos el caso del divorcio, nulidad del vínculo matrimonial o cancelación de la inscripción como pareja registrada del familiar comunitario y que pasa con tu residencia comunitaria tras ello.

El artículo 9.4 del Real Decreto 240/2007 indica que en el caso de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada, de un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con un nacional de un Estado que no lo sea, éste tendrá obligación de comunicar dicha circunstancia a las autoridades competentes.

REQUISITOS PARA MANTENER EL DERECHO DE RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA (RESIDENCIA DE FAMILIAR COMUNITARIO/RESIDENCIA COMUNITARIA) TRAS EL DIVORCIO O NULIDAD MATRIMONIAL

Para que pueda conservar el derecho de residencia, deberá acreditarse uno de los siguientes supuestos:

RESIDENCIA COMUNITARIA TRAS EL DIVORCIOa) Duración de al menos tres años del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad del matrimonio, divorcio o de la cancelación de la inscripción como pareja registrada, de los cuales deberá acreditarse que al menos uno de los años ha transcurrido en España.

b) Otorgamiento por mutuo acuerdo o decisión judicial, de la custodia de los hijos del ciudadano comunitario, al ex cónyuge o ex pareja registrada que no sea ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea ni de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

c) Existencia de circunstancias especialmente difíciles como:

1.º Haber sido víctima de violencia de género durante el matrimonio o la situación de pareja registrada, circunstancia que se considerará acreditada de manera provisional cuando exista una orden de protección a su favor o informe del Ministerio Fiscal en el que se indique la existencia de indicios de violencia de género, y con carácter definitivo cuando haya recaído resolución judicial de la que se deduzca que se han producido las circunstancias alegadas.

2.º Haber sido sometido a trata de seres humanos por su cónyuge o pareja durante el matrimonio o la situación de pareja registrada, circunstancia que se considerará acreditada de manera provisional cuando exista un proceso judicial en el que el cónyuge o pareja tenga la condición de imputado y su familiar la de posible víctima, y con carácter definitivo cuando haya recaído resolución judicial de la que se deduzca que se han producido las circunstancias alegadas.

REQUISITOS PARA MANTENER EL DERECHO DE RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑAd) Resolución judicial o mutuo acuerdo entre las partes que determine el derecho de visita, al hijo menor, del ex cónyuge o ex pareja registrada que no sea ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando dicho menor resida en España y dicha resolución o acuerdo se encuentre vigente.

5. Cuando las Autoridades competentes consideren que existen dudas razonables en cuanto al cumplimiento de las condiciones establecidas en los artículos 8 y 9, podrán llevar a cabo comprobaciones al objeto de verificar si se cumplen las mismas. Dichas comprobaciones no tendrán en ningún caso carácter sistemático.

PLAZO PARA COMUNICAR A EXTRANJERIA EL DIVORCIO, NULIDAD MATRIMONIAL, O CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN COMO PAREJA DE HECHO (RESIDENCIA COMUNITARIA)

Como hemos indicado aunque se puede conservar el derecho hay obligación de comunicar el divorcio o nulidad matrimonial. El plazo para comunicar la nueva situación es de tres meses desde la Sentencia firme o anulación por parte del juzgado o del acuerdo notarial, o desde la cancelación de la inscripción como pareja de hecho del familiar comunitario.

👉 Si tiene cualquier consulta y quiere presentar su residencia legal en España, residencia comunitaria, arraigo, o nacionalidad, puede contactar con nuestros abogados especialistas en extranjería (residencias, cartas de invitación, recursos de expulsión, nacionalidad).

 

 

También puede reservar su cita presencial u online a través de nuestro calendario:

 

 

O solicitar la presentación telemática a través de nuestros abogados expertos en extranjería desde cualquier punto de España:

Solicitar nacionalidad Solicitar nacionalidad

 

Síguenos en redes sociales para estar informado de las novedades y actualidad jurídica:

Twitter
Facebook
Instagram
Linkedin
YouTube

 

Puede contactar con nosotros a través de los siguientes medios:

📱 💬  629 98 06 45 – 868 24 08 48

📩       info@abogadosperezortiz.com

 

Visite nuestra web o pida cita online o presencial para poder resolver sus dudas:

🌐 www.abogadosperezortiz.com
🗓️ https://www.abogadosperezortiz.com/solicitar-cita/

 

📍 Calle San Luis, 46, 1º A San Javier (Murcia) – Abogados en San Javier

 

📆 Atención con cita previa en San Javier, Murcia y Cartagena. Abogados en Murcia, Abogados en Cartagena.

💼 Contamos con Abogados Colaboradores en varios puntos de España.

 

#Abogados San Javier

#Abogados Murcia

# Abogados Cartagena

# Abogados Torre Pacheco

# Abogados San Pedro del Pinatar

# Abogados Pilar de la Horadada

# Abogados Alicante

Trabajamos a nivel nacional, pregúntenos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Contacto
close slider

    Su nombre (requerido)

    Su e-mail (requerido)

    Asunto

    Teléfono (requerido)

    Su mensaje

    Abrir chat
    1
    Hola, ¿en que podemos ayudarte?