PROCEDIMIENTO MONITORIO PARA RECLAMAR FACTURAS IMPAGADAS

En ocasiones, cobrar las facturas no es una tarea fácil. Si tienes facturas impagadas en este artículo te explicamos cómo podemos reclamarlo.  La vía judicial adecuada el procedimiento monitorio. Un procedimiento judicial sencillo, rápido y eficaz.

 

¿Qué tipo de deuda puedes exigir?

Qué tipo de deuda cumple los requisitos para poder reclamarse por un procedimiento monitorio:

  • Una deuda de un importe concreto.
  • Estar vencida, es decir si ha pasado la fecha de vencimiento.
  • Que dicha deuda pueda acreditarse mediante factura, albaranes, e-mails intercambiados, etc.

 

¿Qué documentación debe aportar?

  • Nombre tanto del deudor.
  • Domicilio del deudor.
  • Cuantía de la deuda.
  • Todo tipo de documentación que pueda acreditar la deuda (facturas, albaranes…)

 

¿En qué consiste el procedimiento monitorio?

El procedimiento comienza con una solicitud que ha de presentarse ante el Juzgado del lugar de domicilio o residencia del deudor.

Pueden darse tres situaciones:

  • El deudor paga voluntariamente.
  • El deudor no paga ni responde. En este caso la justicia entiende que el reclamado está de acuerdo con las condiciones de la deuda y deberá pagar o se podrán embargar sus bienes.
  • O que el deudor se oponga total o parcialmente y el procedimiento monitorio se archivaría, debiendo iniciar un procedimiento verbal u ordinario.

 

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