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Cuando se entrega la posesión de un inmueble (vivienda o local) es muy importante documentar por escrito la entrega de llaves y posesión. Aunque no existan impagos o la relación entre arrendador y propietario sea excelente, nuestra recomendación es siempre realizar un escrito firmado por todas las partes donde se haga referencia tanto a la entrega de llaves (posesión) como a las cantidades pendientes de pago de rentas, suministros o desperfectos que habría que valorar o adjuntar fotografías que reflejen el estado de la vivienda en el momento de la entrega.
Aunque esté en trámite el procedimiento de desahucio si su arrendatario le comunica que quiere irse de la vivienda sin esperar a la fecha de lanzamiento prevista, es muy recomendable, por no decir obligatorio, que se firme un documento con dicha entrega de llaves, que deberá reflejar muy bien la fecha en que se firma y entrega la vivienda o local, así como estar firmado en todas sus hojas.
Dicho documento puede ser aportado al procedimiento a fin de solicitar la no celebración del lanzamiento, salvo que se quiera mantener la fecha a fin que que se realice acta por el juzgado del estado de la vivienda. En cuyo caso, no podrá hacerse uso de la misma ni acceder a ella, mientras el juzgado no realice dicho lanzamiento y se documente por tanto el estado del inmueble.
Si la pretensión es reclamar defectos o sustracción de mobiliario que se haya podido producir en el inmueble o local lo mejor es esperar a que sea el juzgado el que tenga el primer acceso al inmueble y deje anotado el estado en que se encuentra. A fin de poder valorar y presupuestar los desperfectos que se quieren reclamar.
Os dejamos un MODELO DE ENTREGA DE LLAVES Y POSESIÓN en el que incluimos la referencia a un procedimiento de desahucio iniciado y deuda pendiente
Si necesita que nuestros abogados revisen o redacten su contrato de arrendamiento o documento de entrega de llaves (posesión) puede contactar con nosotros o contratar dicho servicio a través de estos enlaces.
Redacción de contrato
Una vez realizada la compra del producto (revisión o redacción) nuestros abogados le solicitarán toda la documentación adicional que necesiten para redactar su contrato de arrendamiento o realizar la revisión del suyo que previamente nos debe remitir a info@abogadosperezortiz.com.
Le enviaremos su contrato en un plazo no superior a 48 horas hábiles. Y si una vez recibido quisiera realizar cualquier cambio, se le realizará el mismo sin problema.
Si su inquilino no le abona las rentas o incumple alguna de las cláusulas del contrato contacte con nosotros y le asesoraremos.
Y si ha recibido una demanda de desahucio o requerimiento extrajudicial de su arrendador puede consultarnos su caso y le asesoraremos
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