Me Quiero Divorciar ¿Que tengo que hacer?

Me Quiero Divorciar ¿Que tengo que hacer?

Cuando alguien decide divorciarse miles de preguntas empiezan a surgir, por ello, vamos, resumidamente, a tratar de resolver alguna de ellas.

El hecho de que su pareja no quiera divorciarse es irrelevante.

Más de una vez nos ha indicado un cliente que se quiere divorciar pero su pareja no quiere. Respecto a esto, el divorcio aunque la pareja no quiera o no esté de acuerdo se concede. Es suficiente con que uno de los esposos no quiera continuar con el matrimonio para solicitar el divorcio. Si no llegan a un acuerdo se interpondrá demanda de divorcio contencioso y el demandado no podrá oponerse al divorcio en sí, únicamente a las medidas que se plantean por el demandante.

Para la interposición de la demanda, sólo se requiere que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que el interés de los hijos o del cónyuge demandante justifique la suspensión o disolución de la convivencia con antelación, y que en ella se haga solicitud y propuesta de las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación.

De modo que, si una de las partes se quiere divorciar es suficiente con su solicitud para que se acuerde el divorcio.

 

Se admite la disolución del matrimonio por divorcio sin necesidad de la previa separación de hecho o judicial.

De otro lado, tampoco se requiere que se solicite previamente la suspensión del vinculo matrimonial, separación antes de la solicitud del divorcio. De manera que, se admite la disolución del matrimonio por divorcio sin necesidad de la previa separación de hecho o judicial, con un importante ahorro de coste a las partes, económico, de tiempo y personal.

Con la reforma del Código Civil por la Ley 15/2015, de 2 de Julio, de la jurisdicción voluntaria, se elimina dicha premisa así como las causas o motivos para solicitar el divorcio, es decir, no hay que justificar motivo o causa que lleva a solicitarlo. De manera que, se admite la disolución del matrimonio por divorcio sin necesidad de la previa separación de hecho o judicial, con un importante ahorro de coste a las partes, económico, de tiempo y personal.

Si se quiere divorciar no es necesario por tanto justificación o motivo para iniciar el procedimiento de divorcio, ya sea de mutuo acuerdo o contencioso.

 

Para efectuar el divorcio es necesario abogado y procurador o abogado y notario.

 

PROCEDIMIENTO PARA DIVORCIASE

MUTUO ACUERDO O CONTENCIOSO (SIN ACUERDO)

MUTUO ACUERDO: JUZGADO O NOTARÍA

 

CON HIJOS MENORES DE EDAD O INCAPACITADOS:

Si se quiere divorciar y tiene hijos menores únicamente se puede efectuar el proceso de divorcio en el Juzgado mediante ABOGADO Y PROCURADOR al ser preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal.

Puede efectuarse el divorcio de MUTUO ACUERDO o CONTENCIOSO. Ver http://www.abogadosperezortiz.com/divorcio-de-mutuo-acuerdo/

 

SIN HIJOS MENORES DE EDAD O INCAPACITADOS:

Si se quiere divorciar y no tienen en común ni hijos menores ni incapacitados judicialmente, es además posible realizar el divorcio en notaría siempre que este sea de MUTUO ACUERDO.

Ver http://www.abogadosperezortiz.com/nuevo-divorcio-o-separacion-ante-notario/

 

¿Qué documentación es necesaria para solicitar el divorcio?

– Libro de familia y certificados de nacimiento expedidos por el Registro Civil

– Certificado de matrimonio expedido por el Registro

– Declaración de IRPF y nóminas (para valorar la cuantía de la pensión de alimentos) y los gastos ordinarios de los hijos (colegio, farmacéuticos, actividades extraescolares, entre otros)

Si además tienen bienes en común y quieren liquidar la sociedad de gananciales:

– Copia de las escrituras de las propiedades comunes, IBI, datos de vehículos, cuentas bancarias…

– Deudas del matrimonio (préstamos, hipotecas…)

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