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El Tribunal Supremo se ha pronunciado respecto a un supuesto que se da con bastante frecuencia, cuando, tras una ruptura de pareja el uso de la vivienda familiar se atribuyó a uno de sus miembros, y éste convive en dicha vivienda familiar con su nueva pareja.
El Tribunal Supremo ha establecido que el padre o la madre que vive con sus hijos en una vivienda familiar en régimen de gananciales y que introduce a su nueva pareja a convivir con ellos de manera estable, pierde el derecho a disfrutar del uso de esa casa.
El Tribunal desestima un recurso interpuesto por la Fiscalía contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que había acordado la extinción del derecho de uso de la vivienda por considerar que la entrada de una tercera persona en el inmueble hacía perder a este su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta.
La introducción de un tercero en la vivienda familiar, con una relación estable de pareja con el progenitor que se beneficia del uso de la vivienda por tener la custodia de sus hijos, cambia el estatus de domicilio familiar, de igual modo afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta en un inicio.
Debe de solicitar al Juzgado una modificación de las medidas, ya que, tras cambiar la situación que dio lugar al anterior pronunciamiento, puede haber una nueva valoración.
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